Artículo 1158 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Puedes nombrar varios niveles de sustitutos. Por ejemplo, si el primero no puede recibir la herencia, entra el segundo; y si el segundo tampoco puede, puedes nombrar a un tercero para que tome su lugar.
Art. 1158. La sustitución puede ser de varios grados, como cuando se nombra un sustituto al asignatario directo, y otro al primer sustituto.
Fuente: BCN / LeyChile ↗