Artículo 1158

Artículo 1158Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Puedes nombrar varios niveles de sustitutos. Por ejemplo, si el primero no puede recibir la herencia, entra el segundo; y si el segundo tampoco puede, puedes nombrar a un tercero para que tome su lugar.

Texto oficial

Art. 1158. La sustitución puede ser de varios grados, como cuando se nombra un sustituto al asignatario directo, y otro al primer sustituto.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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