Artículo 1200

Artículo 1200Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si se donó algo a alguien pensando que sería heredero y al final no lo es, la donación se anula. Lo mismo pasa si el heredero pierde su derecho por indignidad o desheredación. En esos casos, la donación pasa a sus descendientes.

Texto oficial

Art. 1200. Si se hiciere una donación, revocable o irrevocable, a título de legítima, a una persona que no fuere entonces legitimaria del donante, y el donatario no adquiriere después la calidad de legitimario, se resolverá la donación. Lo mismo se observará si se hubiere hecho la donación, a título de legítima, al que era entonces legitimario, pero después dejó de serlo por incapacidad, indignidad, desheredación o repudiación o por haber sobrevenido otro legitimario de mejor derecho. Si el donatario ha llegado a faltar de cualquiera de esos modos, las donaciones imputables a su legítima se imputarán a la de sus descendientes.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

Preguntar a AbogaBot sobre este artículo →