Artículo 1300 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si el albacea comete una falta grave o actúa con engaño (dolo), los herederos pueden pedir su remoción. Si hubo dolo, perderá su parte en la herencia, deberá pagar indemnizaciones y devolver cualquier pago que haya recibido por trabajar.
Art. 1300. Será removido por culpa grave o dolo, a petición de los herederos o del curador de la herencia yacente, y en caso de dolo se hará indigno de tener en la sucesión parte alguna, y además de indemnizar de cualquier perjuicio a los interesados, restituirá todo lo que haya recibido a título de retribución.
Fuente: BCN / LeyChile ↗