Artículo 1302 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
El pago que recibe el albacea será lo que el testador haya dejado escrito. Si no se especificó ningún pago, será el juez quien decida cuánto debe recibir, considerando el tamaño de la herencia y el esfuerzo del trabajo.
Art. 1302. La remuneración del albacea será la que le haya señalado el testador. Si el testador no hubiere señalado ninguna, tocará al juez regularla, tomando en consideración el caudal y lo más o menos laborioso del cargo.
Fuente: BCN / LeyChile ↗