Artículo 1369 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Cuando el testador deja cargas específicas a quien recibe el usufructo o a quien recibe la propiedad, cada uno debe cumplirlas tal como se ordenó. Al hacerlo, no tienen derecho a pedir que les paguen intereses ni indemnizaciones por ello.
Art. 1369. Las cargas testamentarias que recayeren sobre el usufructuario o sobre el propietario, serán satisfechas por aquel de los dos a quien el testamento las imponga y del modo que en éste se ordenare; sin que por el hecho de satisfacerlas de ese modo le corresponda indemnización o interés alguno.
Fuente: BCN / LeyChile ↗