Artículo 1396 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si le haces un favor a alguien y le prestas servicios personales sin cobrarle nada, eso no es una donación. Aunque esos servicios normalmente se paguen, el hecho de realizarlos gratuitamente no se considera bajo la ley como un regalo de bienes.
Art. 1396. Los servicios personales gratuitos no constituyen donación, aunque sean de aquellos que ordinariamente se pagan.
Fuente: BCN / LeyChile ↗