Artículo 1500 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Para liberarte de la deuda, debes entregar una de las cosas completas; no puedes obligar al acreedor a recibir partes de distintas opciones. Por regla general, tú como deudor eliges qué entregar, a menos que hayan acordado que el acreedor decida.
Art. 1500. Para que el deudor quede libre, debe pagar o ejecutar en su totalidad una de las cosas que alternativamente deba; y no puede obligar al acreedor a que acepte parte de una y parte de otra. La elección es del deudor, a menos que se haya pactado lo contrario.
Fuente: BCN / LeyChile ↗