Artículo 1585

Artículo 1585Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si se acordó pagarle al acreedor o a un tercero, pagarle a cualquiera de los dos es válido. El acreedor no puede prohibirte pagarle a ese tercero, a menos que ya te haya demandado o tenga una razón muy justificada para hacerlo.

Texto oficial

Art. 1585. Si se ha estipulado que se pague al acreedor mismo, o a un tercero, el pago hecho a cualquiera de los dos es igualmente válido. Y no puede el acreedor prohibir que se haga el pago al tercero, a menos que antes de la prohibición haya demandado en juicio al deudor, o que pruebe justo motivo para ello.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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