Artículo 1583

Artículo 1583Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si el acreedor le da permiso a alguien para recibir un pago, ese poder no pasa automáticamente a los herederos o representantes de esa persona. Ese encargo es personal y se termina a menos que el acreedor haya dicho lo contrario.

Texto oficial

Art. 1583. La facultad de recibir por el acreedor no se transmite a los herederos o representantes de la persona diputada por él para este efecto, a menos que lo haya expresado así el acreedor.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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