Artículo 160 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Aunque los cónyuges estén separados de bienes, ambos tienen el deber legal de aportar a los gastos y necesidades de la familia. Si no logran ponerse de acuerdo sobre cuánto debe pagar cada uno, un juez decidirá la cuota correspondiente.
Art. 160. En el estado de separación, ambos cónyuges deben proveer a las necesidades de la familia común a proporción de sus facultades. El juez en caso necesario reglará la contribución.
Fuente: BCN / LeyChile ↗