Artículo 160

Artículo 160Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Aunque los cónyuges estén separados de bienes, ambos tienen el deber legal de aportar a los gastos y necesidades de la familia. Si no logran ponerse de acuerdo sobre cuánto debe pagar cada uno, un juez decidirá la cuota correspondiente.

Texto oficial

Art. 160. En el estado de separación, ambos cónyuges deben proveer a las necesidades de la familia común a proporción de sus facultades. El juez en caso necesario reglará la contribución.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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