Artículo 1606 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Mientras el acreedor no acepte la consignación o el juez no dicte sentencia final confirmándola, tú tienes el derecho de retirar lo que depositaste. Si lo retiras, el proceso queda sin efecto, como si nunca hubieras intentado hacer ese pago.
Art. 1606. Mientras la consignación no haya sido aceptada por el acreedor, o el pago declarado suficiente por sentencia que tenga la fuerza de cosa juzgada, puede el deudor retirar la consignación; y retirada, se mirará como de ningún valor y efecto respecto del consignante y de sus codeudores y fiadores.
Fuente: BCN / LeyChile ↗