Artículo 1619 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Al ceder tus bienes, dejas de ser presionado por deudas y estas se extinguen según lo que logres pagar. Si aún queda saldo pendiente, sigues obligado a pagar con futuros ingresos. Los acreedores solo administran tus bienes para cobrarse.
Art. 1619. La cesión de bienes produce los efectos siguientes: 1º. El deudor queda libre de todo apremio personal; 2º. Las deudas se extinguen hasta la cantidad en que sean satisfechas con los bienes cedidos; 3º. Si los bienes cedidos no hubieren bastado para la completa solución de las deudas, y el deudor adquiere después otros bienes, es obligado a completar el pago con éstos. La cesión no transfiere la propiedad de los bienes del deudor a los acreedores, sino sólo la facultad de disponer de ellos y de sus frutos hasta pagarse de sus créditos.
Fuente: BCN / LeyChile ↗