Artículo 1636

Artículo 1636Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si alguien es sustituido como deudor sin su consentimiento, no hay una verdadera novación. En realidad, lo que ocurre es una cesión de acciones entre el acreedor y el deudor original, siguiendo las reglas legales propias de esa figura.

Texto oficial

Art. 1636. Si el delegado es substituido contra su voluntad al delegante, no hay novación, sino solamente cesión de acciones del delegante a su acreedor, y los efectos de este acto se sujetan a las reglas de la cesión de acciones.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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