Artículo 1678

Artículo 1678Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si destruiste la cosa sin saber que tenías la obligación de entregarla, solo debes pagar el precio original del objeto. En este caso específico, no estás obligado a pagar indemnizaciones extra por perjuicios, ya que actuaste sin conocer la existencia de tu deber legal.

Texto oficial

Art. 1678. Si la cosa debida se destruye por un hecho voluntario del deudor, que inculpablemente ignoraba la obligación, se deberá solamente el precio sin otra indemnización de perjuicios.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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