Artículo 1805

Artículo 1805Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si las arras se entregan como parte del pago final o como señal de que el trato es definitivo, la venta se concreta de inmediato. Si no está escrito que sea para esto, se asume que ambos tienen derecho a retractarse.

Texto oficial

Art. 1805. Si expresamente se dieren arras como parte del precio, o como señal de quedar convenidos los contratantes, quedará perfecta la venta; sin perjuicio de lo prevenido en el artículo 1801, inciso 2.º. No constando alguna de estas expresiones por escrito, se presumirá de derecho que los contratantes se reservan la facultad de retractarse según los dos artículos precedentes.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

Preguntar a AbogaBot sobre este artículo →