Artículo 1806 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Por regla general, el vendedor debe pagar todos los impuestos, gastos de escritura y otros trámites legales necesarios para concretar la venta. Si quieren que sea al revés o repartirse los gastos, deben dejarlo escrito y acordarlo claramente entre ambos.
Art. 1806. Los impuestos fiscales o municipales, las costas de la escritura y de cualesquiera otras solemnidades de la venta, serán de cargo del vendedor; a menos de pactarse otra cosa.
Fuente: BCN / LeyChile ↗