Artículo 1822 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si fijaron fecha para pesar o medir la mercadería y uno no llega, el otro puede pedir indemnización por los daños causados por esa falta. Además, el cumplidor tiene la facultad legal de dejar sin efecto el contrato de compraventa si prefiere.
Art. 1822. Si avenidos vendedor y comprador en el precio, señalaren día para el peso, cuenta o medida, y el uno o el otro no compareciere en él, será éste obligado a resarcir al otro los perjuicios que de su negligencia resultaren; y el vendedor o comprador que no faltó a la cita podrá, si le conviniere, desistir del contrato.
Fuente: BCN / LeyChile ↗