Artículo 1825 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Por norma, el vendedor paga los gastos necesarios para que el producto esté listo para la entrega. Por otro lado, al comprador le corresponde pagar todos los costos que se generen por el transporte del objeto una vez realizada la entrega.
Art. 1825. Al vendedor tocan naturalmente los costos que se hicieren para poner la cosa en disposición de entregarla, y al comprador los que se hicieren para transportarla después de entregada.
Fuente: BCN / LeyChile ↗