Artículo 1850

Artículo 1850Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si la cosa subió de valor por causas naturales o el paso del tiempo, el vendedor solo paga ese aumento hasta una cuarta parte del precio original. Si el vendedor actuó de mala fe, está obligado a pagar todo el aumento ganado.

Texto oficial

Art. 1850. El aumento de valor debido a causas naturales o al tiempo, no se abonará en lo que excediere a la cuarta parte del precio de la venta; a menos de probarse en el vendedor mala fe, en cuyo caso será obligado a pagar todo el aumento de valor, de cualesquiera causas que provenga.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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