Artículo 1881 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Con el pacto de retroventa, el vendedor se guarda el derecho de recuperar lo que vendió, devolviendo al comprador el precio acordado o, si no se fijó, el valor original que tuvo la compra del producto o bien.
Art. 1881. Por el pacto de retroventa el vendedor se reserva la facultad de recobrar la cosa vendida, reembolsando al comprador la cantidad determinada que se estipulare, o en defecto de esta estipulación lo que le haya costado la compra.
Fuente: BCN / LeyChile ↗