Artículo 1937

Artículo 1937Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si el dueño te debe una indemnización, no puede obligarte a entregar la propiedad ni echarte hasta que te pague o asegure el pago. Esto no aplica si el derecho del arrendador sobre la propiedad se termina por razones ajenas a su voluntad.

Texto oficial

Art. 1937. En todos los casos en que se debe indemnización al arrendatario, no podrá éste ser expelido o privado de la cosa arrendada, sin que previamente se le pague o se le asegure el importe por el arrendador. Pero no se extiende esta regla al caso de extinción involuntaria del derecho del arrendador sobre la cosa arrendada.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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