Artículo 2034

Artículo 2034Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Como dueño nuevo, solo respondes con la propiedad misma por las deudas antiguas. Sin embargo, por los pagos que se venzan mientras tú eres el dueño, responderás con todos tus bienes personales.

Texto oficial

Art. 2034. El censuario no es obligado al pago del capital, ni de los cánones devengados antes de la adquisición de la finca acensuada, sino con esta misma finca; pero al pago de los cánones vencidos durante el tiempo que ha estado en posesión de la finca, es obligado con todos sus bienes.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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