Artículo 2035 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Aunque la propiedad pierda valor o ya no genere ganancias, debes pagar. Puedes librarte de la deuda entregando la finca al dueño del censo y pagando lo pendiente. Si tú destruiste la propiedad a propósito, deberás indemnizar.
Art. 2035. Lo dispuesto en los dos artículos precedentes tendrá lugar aun cuando la finca hubiere perdido mucha parte de su valor, o se hubiere hecho totalmente infructífera. Pero el censuario se descargará de toda obligación poniendo la finca, en el estado en que se hallare, a disposición del censualista, y pagando los cánones vencidos según la regla del artículo precedente. Con todo, si por dolo o culpa grave del censuario pereciere o se hiciere infructífera la finca, será responsable de los perjuicios.
Fuente: BCN / LeyChile ↗