Artículo 2103

Artículo 2103Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

La muerte de un socio termina la sociedad, salvo acuerdo contrario. Si los administradores no saben de la muerte, los actos hechos son válidos. Las operaciones que el fallecido dejó iniciadas deben terminarse, salvo que requieran su habilidad personal.

Texto oficial

Art. 2103. Disuélvese asimismo la sociedad por la muerte de cualquiera de los socios, menos cuando por disposición de la ley o por el acto constitutivo haya de continuar entre los socios sobrevivientes con los herederos del difunto o sin ellos. Pero aun fuera de este caso se entenderá continuar la sociedad, mientras los socios administradores no reciban noticia de la muerte. Aun después de recibida por éstos la noticia, las operaciones iniciadas por el difunto que no supongan una aptitud peculiar en éste deberán llevarse a cabo.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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