Artículo 2152 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Puedes pactar con el mandante que tú te harás cargo personalmente de que los deudores paguen. Si firmas eso, pasas a ser el deudor principal y respondes ante el dueño de todo, incluso si pasan cosas inesperadas o casos de fuerza mayor.
Art. 2152. El mandatario puede por un pacto especial tomar sobre su responsabilidad la solvencia de los deudores y todas las incertidumbres y embarazos del cobro. Constitúyese entonces principal deudor para con el mandante, y son de su cuenta hasta los casos fortuitos y la fuerza mayor.
Fuente: BCN / LeyChile ↗