Artículo 2164

Artículo 2164Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

La revocación puede ser clara o tácita, como cuando encargas el mismo negocio a otra persona. Si el primer mandato era amplio y el segundo es para algo específico, el primero sigue vigente para todo lo que no incluya el segundo.

Texto oficial

Art. 2164. La revocación del mandante puede ser expresa o tácita. La tácita es el encargo del mismo negocio a distinta persona. Si el primer mandato es general y el segundo especial, subsiste el primer mandato para los negocios no comprendidos en el segundo.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

Preguntar a AbogaBot sobre este artículo →