Artículo 22 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
En toda escritura de donación o entrega de legados, debes incluir el comprobante de pago del impuesto o la declaración de exención. Si una donación queda sin efecto, tienes derecho a que te devuelvan el impuesto pagado por esa parte correspondiente.
Art. 22. En toda escritura de donación seguida de la tradición de la cosa, o de entrega de legados en que el testador dé en vida el goce de la cosa legada, deberá insertarse el comprobante de pago del impuesto o la declaración de exención que corresponda. Si las donaciones revocables que hayan pagado el impuesto quedaren sin efecto en todo o en parte, una vez abierta la sucesión del donante, el donatario tendrá derecho a que el interesado le devuelva el impuesto ya pagado por la parte correspondiente. La misma disposición se aplicará al caso de revocación por acto entre vivos.
Fuente: BCN / LeyChile ↗