Artículo 2372

Artículo 2372Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si afianzaste a varios deudores solidarios, puedes exigirle a cada uno el total. Si solo afianzaste a uno, solo a él puedes cobrarle el total. Ante los otros deudores, solo tendrás los derechos que hubieras heredado del deudor al que ayudaste.

Texto oficial

Art. 2372. Si hubiere muchos deudores principales y solidarios, el que los ha afianzado a todos podrá demandar a cada uno de ellos el total de la deuda, en los términos del artículo 2370; pero el fiador particular de uno de ellos sólo contra él podrá repetir por el todo; y no tendrá contra los otros sino las acciones que le correspondan como subrogado en las del deudor a quien ha afianzado.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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