Artículo 2377 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si pagas sin avisarle al deudor, él puede defenderse contra ti usando las mismas excusas que habría tenido contra el acreedor. Si él paga de nuevo por tu falta de aviso, no puedes pedirle reembolso, solo intentar recuperar el dinero del acreedor.
Art. 2377. Si el fiador pagó sin haberlo avisado al deudor, podrá éste oponerle todas las excepciones de que el mismo deudor hubiera podido servirse contra el acreedor al tiempo del pago. Si el deudor, ignorando por la falta de aviso la extinción de la deuda, la pagare de nuevo, no tendrá el fiador recurso alguno contra él, pero podrá intentar contra el acreedor la acción del deudor por el pago indebido.
Fuente: BCN / LeyChile ↗