Artículo 2418

Artículo 2418Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

La hipoteca solo puede recaer sobre bienes raíces que poseas como dueño o usufructuario, o sobre naves. Para el caso específico de los barcos, las reglas son distintas y se rigen completamente por lo que dice el Código de Comercio.

Texto oficial

Art. 2418. La hipoteca no podrá tener lugar sino sobre bienes raíces que se posean en propiedad o usufructo, o sobre naves. Las reglas particulares relativas a la hipoteca de las naves pertenecen al Código de Comercio.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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