Artículo 246

Artículo 246Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Para que los acuerdos sobre la patria potestad tengan valor frente a terceras personas, deben estar inscritos. Si sale un nuevo acuerdo o resolución, el anterior deja de ser válido y no puede usarse contra nadie hasta que se actualice la información.

Texto oficial

Art. 246. Mientras una subinscripción relativa al ejercicio de la patria potestad no sea cancelada por otra posterior, todo nuevo acuerdo o resolución será inoponible a terceros.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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