Artículo 2473 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Los créditos de primera clase afectan todos los bienes del deudor. Si no hay dinero suficiente, se pagan siguiendo el orden de su numeración. Estos créditos tienen prioridad, pero no pueden cobrarse a terceros que hayan adquirido bienes de buena fe.
Art. 2473. Los créditos enumerados en el artículo precedente afectan todos los bienes del deudor; y no habiendo lo necesario para cubrirlos íntegramente, preferirán unos a otros en el orden de su numeración, cualquiera que sea su fecha, y los comprendidos en cada número concurrirán a prorrata. Los créditos enumerados en el artículo precedente no pasarán en caso alguno contra terceros poseedores.
Fuente: BCN / LeyChile ↗