Artículo 251

Artículo 251Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Para todo lo que tenga que ver con la administración y el uso de los bienes que el hijo gana a través de su propio trabajo, oficio o profesión, el hijo es considerado como si fuera mayor de edad, salvo ciertas excepciones legales.

Texto oficial

Art. 251. El hijo se mirará como mayor de edad para la administración y goce de su peculio profesional o industrial, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 254.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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