Artículo 319 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si quieres probar que hubo colusión en un juicio, tienes un margen de tiempo limitado. La ley solo te permite presentar esa prueba dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se dictó la sentencia definitiva.
Art. 319. La prueba de colusión en el juicio no es admisible sino dentro de los cinco años subsiguientes a la sentencia.
Fuente: BCN / LeyChile ↗