Artículo 319

Artículo 319Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si quieres probar que hubo colusión en un juicio, tienes un margen de tiempo limitado. La ley solo te permite presentar esa prueba dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se dictó la sentencia definitiva.

Texto oficial

Art. 319. La prueba de colusión en el juicio no es admisible sino dentro de los cinco años subsiguientes a la sentencia.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

Preguntar a AbogaBot sobre este artículo →