Artículo 330 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Los alimentos se deben entregar solo cuando tus propios medios no son suficientes para que vivas de acuerdo con tu posición social. La idea es que recibas lo necesario para subsistir adecuadamente según el entorno en el que te desenvuelves.
Art. 330. Los alimentos no se deben sino en la parte en que los medios de subsistencia del alimentario no le alcancen para subsistir de un modo correspondiente a su posición social.
Fuente: BCN / LeyChile ↗