Artículo 337 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si alguien te dejó una pensión alimenticia de forma voluntaria en su testamento o mediante una donación, estas reglas generales no se aplican. En ese caso, se debe respetar la voluntad de quien te dio el beneficio, siempre que haya podido disponer libremente de sus bienes.
Art. 337. Las disposiciones de este título no rigen respecto de las asignaciones alimenticias hechas voluntariamente en testamento o por donación entre vivos; acerca de las cuales deberá estarse a la voluntad del testador o donante, en cuanto haya podido disponer libremente de lo suyo.
Fuente: BCN / LeyChile ↗