Artículo 356

Artículo 356Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Puedes nombrar a un curador en tu testamento para que defienda los derechos que le podrían corresponder a tu hijo que está por nacer.

Texto oficial

Art. 356. Puede asimismo nombrar curador, por testamento, para la defensa de los derechos eventuales del hijo que está por nacer.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

Preguntar a AbogaBot sobre este artículo →