Artículo 461

Artículo 461Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Para los casos de demencia, se aplican las mismas reglas que para los disipadores respecto a la interdicción provisoria, la obligación de inscribir y notificar el decreto, y las normas sobre el ejercicio de la curaduría y la patria potestad.

Texto oficial

Art. 461. Las disposiciones de los artículos 446, 447 y 449 se extienden al caso de demencia.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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