Artículo 47

Artículo 47Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Los encargados de cementerios o dueños de lugares de sepultura tienen prohibido enterrar a una persona si no presentan el pase o la licencia otorgada por el Oficial del Registro Civil de la comuna donde ocurrió el fallecimiento de la persona.

Texto oficial

Art. 47. Los encargados de los cementerios, de cualquier clase que sean, y los dueños y administradores de cualquier lugar en que se haya de enterrar un cadáver, no permitirán que se le dé sepultura sin la licencia o pase del Oficial del Registro Civil de la comuna en que haya ocurrido la defunción.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

Preguntar a AbogaBot sobre este artículo →