Artículo 47 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Los encargados de cementerios o dueños de lugares de sepultura tienen prohibido enterrar a una persona si no presentan el pase o la licencia otorgada por el Oficial del Registro Civil de la comuna donde ocurrió el fallecimiento de la persona.
Art. 47. Los encargados de los cementerios, de cualquier clase que sean, y los dueños y administradores de cualquier lugar en que se haya de enterrar un cadáver, no permitirán que se le dé sepultura sin la licencia o pase del Oficial del Registro Civil de la comuna en que haya ocurrido la defunción.
Fuente: BCN / LeyChile ↗