Artículo 516 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Aunque el artículo sobre las excusas mencione que quienes tienen bajo su patria potestad a cinco o más hijos pueden excusarse de ser tutores o curadores, esta regla no se puede usar bajo ninguna circunstancia para negarse a cuidar a un propio hijo.
Art. 516. La excusa del número 9º, artículo 514, no podrá alegarse para no servir la tutela o curaduría del hijo.
Fuente: BCN / LeyChile ↗