Artículo 548-3 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
El nombre debe reflejar el objetivo de la organización y no puede confundirse con otras entidades ni usar nombres de personas sin permiso, a menos que hayan pasado veinte años desde su fallecimiento o se cuente con la autorización de sus herederos.
Artículo 548-3. El nombre de las personas jurídicas a que se refiere este Título deberá hacer referencia a su naturaleza, objeto o finalidad. El nombre no podrá coincidir o tener similitud susceptible de provocar confusión con ninguna otra persona jurídica u organización vigente, sea pública o privada, ni con personas naturales, salvo con el consentimiento expreso del interesado o sus sucesores, o hubieren transcurrido veinte años desde su muerte.
Fuente: BCN / LeyChile ↗