Artículo 587

Artículo 587Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si compras una propiedad que incluye una capilla o cementerio, te llevas también los objetos y ornamentos que tengan dentro. Estos bienes pasan contigo al nuevo dueño, a menos que un testamento o un contrato previo diga algo distinto sobre ellos.

Texto oficial

Art. 587. El uso y goce de las capillas y cementerios, situados en posesiones de particulares y accesorios a ellas, pasarán junto con ellas y junto con los ornamentos, vasos y demás objetos pertenecientes a dichas capillas o cementerios, a las personas que sucesivamente adquieran las posesiones en que están situados, a menos de disponerse otra cosa por testamento o por acto entre vivos.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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