Artículo 589 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Los bienes nacionales pertenecen a todo el país. Si su uso es para todos, como calles o plazas, son bienes de uso público. Si el Estado los administra y no son para uso general, entonces se llaman bienes fiscales o del Estado.
Art. 589. Se llaman bienes nacionales aquellos cuyo dominio pertenece a la nación toda. Si además su uso pertenece a todos los habitantes de la nación, como el de calles, plazas, puentes y caminos, el mar adyacente y sus playas, se llaman bienes nacionales de uso público o bienes públicos. Los bienes nacionales cuyo uso no pertenece generalmente a los habitantes, se llaman bienes del Estado o bienes fiscales.
Fuente: BCN / LeyChile ↗