Artículo 635 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si encuentras restos de un naufragio en la costa, avisa de inmediato a la autoridad. Debes intentar cuidar lo que puedas para devolverlo. Si te quedas con las cosas, te arriesgas a demandas civiles y a ser castigado por el delito de hurto.
Art. 635. Si naufragare algún buque en las costas de la República, o si el mar arrojare a ellas los fragmentos de un buque, o efectos pertenecientes, según las apariencias, al aparejo o carga de un buque, las personas que lo vean o sepan, denunciarán el hecho a la autoridad competente, asegurando entre tanto los efectos que sea posible salvar para restituirlos a quien de derecho corresponda. Los que se los apropiaren, quedarán sujetos a la acción de perjuicios, y a la pena de hurto.
Fuente: BCN / LeyChile ↗