Artículo 686

Artículo 686Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Para transferir legalmente casas o terrenos, debes inscribir el título en el Conservador de Bienes Raíces. Esto mismo aplica para derechos de uso, habitación, hipotecas o censos. En el caso de las minas, se deben seguir las reglas del Código de Minería.

Texto oficial

Art. 686. Se efectuará la tradición del dominio de los bienes raíces por la inscripción del título en el Registro del Conservador. De la misma manera se efectuará la tradición de los derechos de usufructo o de uso constituidos en bienes raíces, de los derechos de habitación o de censo y del derecho de hipoteca. Acerca de la tradición de las minas se estará a lo prevenido en el Código de Minería.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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