Artículo 738 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
El fideicomiso siempre depende de que el beneficiario final, o su reemplazante, exista al momento de recibir los bienes. Esta condición principal de existencia puede ir acompañada de otras condiciones adicionales si así lo decides al crearlo.
Art. 738. El fideicomiso supone siempre la condición expresa o tácita de existir el fideicomisario, o su substituto, a la época de la restitución. A esta condición de existencia pueden agregarse otras copulativa o disyuntivamente.
Fuente: BCN / LeyChile ↗