Artículo 743

Artículo 743Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Puedes designar reemplazos para el beneficiario final por si este fallece o no puede recibir los bienes. Puedes organizar estos reemplazos en varios grados, pasando de una persona a otra según lo que establezcas en el documento original.

Texto oficial

Art. 743. El constituyente puede dar al fideicomisario los substitutos que quiera para en caso que deje de existir antes de la restitución, por fallecimiento u otra causa. Estas substituciones pueden ser de diferentes grados, substituyéndose una persona al fideicomisario nombrado en primer lugar, otra al primer substituto, otra al segundo, etc.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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