Artículo 766 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
El derecho de usar algo ajeno se puede crear de varias formas: por una ley, mediante un testamento, por un contrato de venta o regalo, o también si logras adquirirlo legalmente tras el paso del tiempo cumpliendo ciertos requisitos específicos.
Art. 766. El derecho de usufructo se puede constituir de varios modos: 1º. Por la ley; 2º. Por testamento; 3º. Por donación, venta u otro acto entre vivos; 4º. Se puede también adquirir un usufructo por prescripción.
Fuente: BCN / LeyChile ↗