Artículo 786 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Ojo aquí: si se encuentran tesoros en el suelo que tienes en usufructo, tú no tienes el derecho legal sobre ellos. Ese beneficio pertenece exclusivamente al dueño del terreno, tal como lo establece la ley para los propietarios.
Art. 786. El usufructuario no tiene sobre los tesoros que se descubran en el suelo que usufructúa, el derecho que la ley concede al propietario del suelo.
Fuente: BCN / LeyChile ↗