Artículo 800

Artículo 800Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si el dueño te debe dinero por reembolsos o indemnizaciones debido a reparaciones que tú hiciste, tienes el derecho de retener la propiedad en tu poder hasta que él te pague lo que corresponde legalmente según lo acordado.

Texto oficial

Art. 800. El usufructuario podrá retener la cosa fructuaria hasta el pago de los reembolsos e indemnizaciones a que, según los artículos precedentes, es obligado el propietario.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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